Inventario de Bienes y Derechos

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 8.3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículo 10.2 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía

Los bienes de las Entidades locales se clasificarán en bienes de dominio público y bienes patrimoniales. Los bienes de dominio público serán de uso o servicio público y tienen la consideración de comunales aquellos bienes que siendo de dominio público, su aprovechamiento corresponde al común de los vecinos.

  • Derechos Reales (actualmente el Ayuntamiento de Escañuela no dispone de esta información)

Puede consultar la aprobación del Inventario de Bienes y Derechos del Ayuntamiento de Escañuela accediendo aquí.

* El contenido de los documentos ha sido sometido a un proceso de seudonimización de datos en un cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento Europeo de Protección de datos (2016/679).

Última actualización el viernes, 24 de mayo de 2024 a 14:13